SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.5.
II.5. Cursa Resolución 10/2016 de 31 de marzo, donde se determinó imponer medidas sustitutivas al accionante consistentes en la detención domiciliaria con custodio, presentación periódica ante el representante del Ministerio Público, arraigo y afianzamiento de dos garantes solventes, complementando las medidas con la imposición de una fianza económica y el cumplimiento de las mismas en el plazo de setenta y dos horas (fs. 122 a 131 vta.). En la parte in fine de la precitada Resolución, la Jueza tuvo por presente la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público, el denunciante y víctima, por los representantes del Ministerio de Gobierno, Transparencia, Justicia y la reserva de apelación del representante del Consejo de la Magistratura, dando por notificadas a las partes y disponiendo su remisión en el plazo de veinticuatro horas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- los fiscales, autoridades judiciales o administrativas, debe atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad, con la inmediatez necesaria, dentro de un plazo razonable
- conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior del Distrito en el término de veinticuatro horas
- al juez, tribunal u órgano que inicialmente ejecutó el acto o asumió la decisión lesiva a los derechos fundamentales de la parte recurrente, así como al juez o tribunal u órgano que tiene competencia para revisar y corregir esa actuación.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas.
- CONFIRMAR en todo