Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2016-S3
Fecha: 26-Oct-2016
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Celebrada la audiencia pública el 18 de julio de 2016, según consta en el acta cursante de fs. 521 a 544 vta., presentes las partes accionante y demandada, así como los terceros interesados Rodrigo Marcelo Ugarte Loza, Magali Morales Almendras, Lina Atahuichi Apaza, Mercedes Orozco Colque y Lourdes Isidora Castañares Arce; y, ausentes los demás terceros interesados y el representante del Ministerio Público, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- a) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- la fundamentación y motivación de una resolución que resuelva cualquier conflicto jurídico, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados, donde la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, exponga de forma clara las razones determinativas que justifican su decisión, exponiendo los hechos, realizando la fundamentación legal y citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la resolución
- Fragmento 16
- usurpación de funciones de la justicia constitucional
- CONFIRMAR