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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2016-S1

    Fecha: 07-Nov-2016

    concedido parcialmente

    En mérito a lo expuesto, se concluye que el Juez de garantías, al haber concedido parcialmente la tutela, no efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales e inobservó la jurisprudencia constitucional emitida por este Tribunal que tiene carácter vinculante, por lo que corresponde aplicar el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • a)
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • 1)
    • concedió parcialmente
    • II.3.
    • II.5.
    • II.8.
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • es improcedente activar otro amparo cuando existe resolución en un primer amparo del cual emerge el que se interpone
    • empero antes de ello, el proceso en recurso de amparo se encuentra pendiente, lo que significa que cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo, dado que se tendrá que esperar el fallo definitivo que goza de calidad de cosa juzgada material'.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • no pueden ser denunciadas a través de otra acción de amparo constitucional
    • denegando
    • concedido parcialmente
    • REVOCAR

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