SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

II.4.

II.4.    Mediante oficios de 1 y 5 de agosto de 2016, delegados del ICU, solicitaron expresamente a la CEP el cumplimiento del mandato previsto en el art. 79 del Estatuto Orgánico concordante con el art. 6 del Reglamento Electoral Universitario, debiendo renovarse el acto electoral parcialmente anulado conforme se había procedido con anterioridad respecto a decanos y vicedecanos, sin necesidad de aprobación del ICU, mereciendo providencias de 5 y 9 de igual mes y año, por los que se dispuso “Estese al oficio CEP Nº 350/2016 de fecha 28 de julio de 2016, remitido al Ilustre Consejo Universitario en aplicación del Artículo 134 del Reglamento Electoral Universitario” (sic) (fs. 17 a 18; y, 37 a 38).