SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

sino que su propósito concreto es garantizar el

Ahora bien, la SC 0258/2011-R de 16 de marzo, desarrolló un amplio razonamiento sobre la acción de cumplimiento, entre ellos los presupuestos para su procedencia indicando que: “Lo señalado no significa que la acción de cumplimiento, de manera directa o indirecta, no tutela derechos y garantías; sino que su propósito concreto es garantizar el cumplimiento de deberes previstos en la Constitución y las leyes, sin perjuicio que, la omisión del deber constitucional o legal- se encuentre indisolublemente ligado al ejercicio -y por ende lesión- de derechos.