SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

Fragmento 28

          Asimismo, es evidente que a través de providencia de 6 de octubre de 2015, Nelson Cesar Pereira Antezana, Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Sacaba del departamento de Cochabamba en atención a la acusación fiscal de 12 de febrero de 2014 conforme prevé el art. 340.I del CPP modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal radicó la citada causa seguida por el Ministerio Público contra el ahora accionante y otros disponiendo la notificación del representante del Ministerio Público a efectos de que el mismo en el término de 24 horas realice la presentación de las pruebas ofrecidas en su pliego acusatorio; sin embargo, el ahorra accionante por memorial de 3 de junio de 2016, interpuso ante el Tribunal de Sentencia de referencia excepción de extinción de la acción por prescripción, duración máxima del proceso y cosa juzgada, solicitud que mereció el decreto de 6 de junio de 2016, indicando lo siguiente: “Se considerara en JUICIO ORAL”, motivo por el cual mediante memorial presentado el 10 de junio de 2016, el accionante interpuso recurso de reposición contra la citada providencia; sin embargo, las autoridades demandadas por decreto de 16 de junio de 2016, nuevamente negaron su solicitud, disponiendo lo siguiente: “estese a la Providencia de 6 de junio de 2016” .