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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2016-s2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2016-s2

    Fecha: 07-Nov-2016

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    • acción de libertad
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • Fragmento 3
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Alcance y finalidad de la acción de libertad
    • III.2.  Sobre el habeas corpus traslativo o de pronto despacho
    • Fragmento 16
    • hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
    • d) Interpuesto el recurso de apelación contra la resolución que rechaza la solicitud de cesación de detención preventiva, los antecedentes de la apelación no son remitidos por el juez a quo dentro el plazo legal de veinticuatro horas establecido por el art. 251 del CPP salvo justificación razonable y fundada ante el tribunal de apelación, o se imprima un procedimiento o exigencias al margen de la ley
    • en el término de veinticuatro (24) horas.
    • III.4.  De los incidentes planteados en materia penal
    • el juez o tribunal resolverá los incidentes y dictará los autos interlocutorios dentro de los cinco días
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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