SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2016-s2

Fecha: 07-Nov-2016

1)

Marcela Siles Jaksic, Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, a través de la ampliación de informe escrito, cursante a fs. 36, manifestó lo siguiente: 1) En la Resolución 340/2016, no vulneró ningún derecho de los imputados hoy accionantes, quienes en su acción tutelar no indican cuál es la norma a la que habrían dado una interpretación diferente o mala interpretación; toda vez que al emitir la mencionada determinación se consideraron todos los aspectos aludidos, incluso el hecho de que no presentó prueba de su estado de salud; 2) El considerar medidas cautelares independientemente de incidentes pendientes no vulnera el debido proceso, por el carácter instrumental de las medidas cautelares, más si lo que reclama la defensa es un incidente presentado el mismo día de la audiencia; y, 3) Con relación a la apelación, se encuentra remitida aunque sin sello de recepción de acuerdo al informe adjunto; asimismo, pide se tome en cuenta que su despacho no tenía tóner para imprimir resoluciones desde el 5 de agosto de 2016, extremo que es de conocimiento de Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, motivo por el cual realiza las impresiones en su casa y pide se considere que el 25 y 26 de agosto del citado año, el Juzgado a su cargo estuvo con un Juez suplente.