SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2016-S1

Fecha: 16-Nov-2016

III.5.  Última consideración

Si bien, en el caso en concreto no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada, la demora que se generó en las devoluciones entre las autoridades demandadas, obliga a este Tribunal realizar la siguiente consideración, aclarando que ello no implica un pronunciamiento de fondo y que se contraponga con lo señalado en párrafos precedentes.

Con ese antecedente, la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Normativo Penal, efectuó modificaciones al Código de Procedimiento Penal, entre las cuales se encuentra el art. 325, de cuyo texto se advierte que una vez presentado el requerimiento conclusivo de acusación, la o el juez instructor penal tiene la obligación de remitir los antecedentes del proceso al juez o tribunal de sentencia penal, dentro del plazo de veinticuatro horas, previo sorteo.