SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2016-S3

Fecha: 03-Nov-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

En uso de su derecho a la réplica alegó que la ATT no fue parte del proceso contencioso administrativo, y que tanto COTEL La Paz Ltda. como el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, fueron debidamente notificados con los actuados pertinentes a la Sentencia 156/2015, no pudiendo desconocerse la fecha efectiva de dicha diligencia, ante lo cual no corresponde pedir una notificación porque no fueron parte, solo se tiene la Nota MOPSV/DGAJ 556/2015 en la que se establece la fecha en la cual fue presentada al ente regulador, aspecto que no es visible, por lo que la presente acción de defensa está dentro de plazo, además, porque la referida Sentencia anuló actos administrativos, y que les instruye aceptar de forma directa la conmutación; en consecuencia, igualmente se goza de legitimación activa para interponer esta acción tutelar, al no estar la mencionada Sentencia debidamente fundamentada.