Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1340/2016-S3
Fecha: 25-Nov-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Señala como lesionados sus derechos al debido proceso, a la legalidad, a la defensa, al trabajo, a la estabilidad laboral, a la vida, al vivir bien y a la dignidad; la “transparencia y la verdad material” y, los principios de seguridad jurídica, de “cumplimiento de las leyes”, de igualdad y de legalidad, citando al efecto los arts. 8.I y II; 9.2 y 5; 13.I, II y IV; 14.I, II, III y IV; 15, 22, 46, 48.I, II, V y VI, 108.1, 109.I, 115.II, 116.II, 117.I, 119.II, 122, 178, 179, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el carácter subsidiario de la accion de amparo que imposibilidad realizar una labor de
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- constitucional y que a su vez fueron representadas en el recurso jerárquico en sede administrativa; en razón a que éste Tribunal no es una instancia adicional de impugnación, lo contrario implica ir contra su rol fundamental y la abundante jurisprudencia pronunciada al respecto
- III.2.1.
- constituyen incumplimiento o contravención de las normas que regulan la conducta del servidor público, lo cual conforme a lo establecido en los arts. 29 de la LACG; 13 y 14 del DS 23318-A, con las modificaciones establecidas por el DS 26237
- III.2.2.
- III.2.3.
- CONFIRMAR