Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1340/2016-S3
Fecha: 25-Nov-2016
II.2.
II.2. El 28 de marzo de 2016, Claudia Mónica Flores Orellana, Jueza Sumariante del SEDCAM Cochabamba -hoy demandada-, emitió la Resolución final de proceso sumario administrativo interno caso, SDC/A.S./P-01/2016, determinando la existencia de responsabilidad administrativa del ahora accionante por haberse evidenciado acciones que contravienen las normas contenidas en los arts. 43, 51, 52, 60, 74 y 77 del Reglamento Interno de la citada institución, imponiéndole la sanción de destitución (fs. 212 a 214 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el carácter subsidiario de la accion de amparo que imposibilidad realizar una labor de
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- constitucional y que a su vez fueron representadas en el recurso jerárquico en sede administrativa; en razón a que éste Tribunal no es una instancia adicional de impugnación, lo contrario implica ir contra su rol fundamental y la abundante jurisprudencia pronunciada al respecto
- III.2.1.
- constituyen incumplimiento o contravención de las normas que regulan la conducta del servidor público, lo cual conforme a lo establecido en los arts. 29 de la LACG; 13 y 14 del DS 23318-A, con las modificaciones establecidas por el DS 26237
- III.2.2.
- III.2.3.
- CONFIRMAR