SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1252/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1252/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

resolvió la excepción de prescripción interpuesta por la accionante, mediante el cual rechazó la excepción planteada por considerar que dentro los procesos de usucapión se pronunció una Sentencia declarativa, sobre mejor derecho propietario y ese derecho no puede prescribir

Con relación al Auto de 11 de enero de 2013, pronunciado por la autoridad antes referida, el cual resolvió la excepción de prescripción interpuesta por la accionante, mediante el cual rechazó la excepción planteada por considerar que dentro los procesos de usucapión se pronunció una Sentencia declarativa, sobre mejor derecho propietario y ese derecho no puede prescribir, no siendo aplicable la previsión del art. 1513 del CC, ya que no es una sentencia condenatoria, no existiendo plazo para la ejecución de sentencia; efectivamente las sentencias declarativas no pueden prescribir en concordancia con el art. 1454 del citado Código, ya que el derecho de propiedad es un derecho adquirido e imprescriptible a menos que exista un proceso de usucapión que otorgue el derecho a otra persona, cosa que en la presente causa no se dio, por lo que no corresponde conceder tutela respecto al Auto impugnado, correspondiendo denegar la tutela” (las negrillas fueron agregadas).