Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1265/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante consideró que tanto Alberto Fernández Escobar como el Juez Público Civil y Comercial Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz, vulneraron los derechos del menor NN, siendo que en el proceso de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble; se expidió mandamiento de desapoderamiento del bien inmueble contra Belén Maribel Núñez Toledo, sin considerar que este es el inmueble que cohabitaba su familia, y a pesar de plantearse la nulidad del acta de audiencia de conciliación de 27 de enero de 2016, suscrito por ambos padres, dicho actuado fue rechazada en el entendido que la conciliación tuviese calidad de sentencia y valor de cosa juzgada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la relación de causalidad entre los hechos, derechos y petitorio como requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- la finalidad de la precisión o identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y la exactitud en la formulación del petitorio, obedece a que permite establecer la relación de causalidad entre los hechos y derechos fundamentales o garantías constitucionales denunciados como infringidos y la exactitud en el petitorio delimita el marco en función al cual la justicia constitucional deberá resolver;
- III.3.
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23