Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
II
II.2. Por Auto de 28 de junio de 2016, el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Cochabamba, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva efectuada por el hoy impetrante de tutela representado sin mandato, considerando superados los riesgos procesales del art. 234.1 y 2, empero manteniendo subsistente el riesgo previsto en el numeral 10; así como los riesgos del art. 235.1 y 2, todos del CPP (fs. 23 a 24 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1
- II
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La acción de libertad y la valoración de la prueba
- Fragmento 15
- improcedente
- su facultad está dirigida a verificar que en la labor de valoración, el juzgador no se apartó de los marcos legales de razonabilidad, ni omitió la consideración de un medio de prueba ofrecida e incorporada en forma legal y que tales omisiones lesionen derechos fundamentales y garantías constitucionales
- Fragmento 18