SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1407/2016-S3
Fecha: 05-Dic-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) La nulidad de las Resoluciones de Recurso Jerárquico DIR-SEDES 15/2016 de 28 de junio, de Recurso de Revocatoria 014/2016-JEFB de 3 de mayo y la Resolución Final Administrativa WPPP 017/2016 de 6 de abril; b) Se le conceda el sobreseimiento dentro del proceso administrativo 0337/2016, por no existir causal de procesamiento; c) La remisión de una copia de la resolución que concede la tutela a la Unidad de Recursos Humanos (RR.HH.) a efectos que se declare la nulidad del memorando de destitución de su persona; y, d) La remisión de una copia de la resolución que concede la tutela a la Contraloría General del Estado a efectos que se tenga por nulo el registro respectivo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- a) Por vulneración del derecho a una Resolución
- III.2. Análisis del caso concreto
- quien deberá responder por la lesión al derecho fundamental y repararlo en forma inmediata será la autoridad o tribunal que tenga legalmente la atribución de conocer en última instancia, y por lo mismo, para el caso de no reparar la lesión al momento de resolver el recurso ordinario, es quien tiene la legitimación pasiva para ser demandado, responder y cumplir lo que se ordene en esta jurisdicción si se presentare Amparo”
- CONFIRMAR