SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1482/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1482/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2016

1)

Bernardo Gumucio Bascope, en representación de la Gerencia de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales, mediante escrito de fs. 188 a 193, señaló lo siguiente: 1) En todas las instancias del proceso administrativo se notificó al contribuyente con todas y cada una de las actuaciones, desde la RA 23-0000102-12 de 25 de enero, en la Secretaría de la Autoridad Tributaria, tal como establece el art. 90 del CTB, pasando por los actuados llevados a cabo ante la Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT) hasta la emisión de las resoluciones de los recursos de alzada y del jerárquico, tal es así que el accionante interpuso dichos recursos y la demanda contenciosa administrativa dentro de los plazos legales, por lo que mal podía invocar la vulneración de derechos y garantías; 2) La Sentencia impugnada contiene los antecedentes que generaron el proceso y la valoración de los datos, elementos y documentación proporcionada, los mismos que se constituyen en los fundamentos de hecho, contiene la normativa que sustenta las observaciones por las cuales se declaró improbada la demanda, que constituye los fundamentos de derecho; por lo que, las denuncias formuladas en la presente acción de amparo no son evidentes, existiendo pronunciamiento sobre todas las pretensiones formuladas en la demanda contenciosa administrativa, pues si bien los argumentos no son extensos, sin embargo son suficientes; y, 3) La Sentencia objetada en la presente acción de amparo, dio respuesta a todos los puntos alegados en la demanda contenciosa administrativa interpuesta por el contribuyente, por lo cual pidió se deniegue la tutela solicitada.