SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016-S2
Fecha: 01-Feb-2016
1)
Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, no presentó informe escrito, solo remitió los antecedentes procesales y en audiencia manifestó lo siguiente: 1) El accionante presentó un memorial pidiendo el control jurisdiccional el 30 de septiembre de 2015, se emitió el Auto Interlocutorio el 1 de octubre del mismo año, exigiendo informe al Fiscal, ordenando se deje sin efecto cualquier citación o mandamiento de aprehensión mientras no se determine la situación jurídica del Hugo Julio Azurduy Escalera en el mencionado proceso; 2) El mismo recurrió de excepción encontrándose en trámite sus notificaciones a las partes; y, 3) El 17 de septiembre de 2015, hizo la primera petición de control jurisdiccional que fue notificado al Fiscal en Secretaría, pidiendo que en el plazo de setenta y dos horas emita un informe que no lo hizo, reiterando dicha solicitud el 30 del mismo mes y año, notificado el Fiscal, recién presentó el informe ante el Juzgado dentro las veinticuatro horas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Persecución ilegal o indebida
- Fragmento 17
- III.2.
- testigo
- denunciado
- en calidad de denunciado
- por un error de forma, se habría señalado como denunciado a Hugo Julio Azurduy Escalera, cuando lo que correspondía era que conste como testigo,
- 22 de septiembre de 2015
- 1 de octubre de 2015
- 1° CONFIRMAR en parte