SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve CONFIRMAR en todo la Resolución 505/2015 de 6 de octubre, cursante de fs. 116 a 120, pronunciada por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, dejando sin efecto la Sentencia Nacional Agroambiental S2 14/2015 de 10 de marzo, disponiendo la emisión de una nueva Resolución debidamente motivada y fundamentada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho al debido proceso
- motivación o fundamentación
- correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- límite al poder discrecional del juzgador
- III.3. Valoración de la prueba
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- En relación a la diferencia de superficies dotadas:
- Con relación a la naturaleza jurídica de la Asociación:
- concedido
- CONFIRMAR en todo