Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
a)
Solicitan se conceda la tutela y en consecuencia se declaren nulos: a) El Auto Interlocutorio 03/2014, dictado por el Juez Décimo Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, y en su lugar, dicte una nueva resolución considerando y absolviendo todos los fundamentos expuestos por las partes; y, b) El Auto de Vista 280, debiendo la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a tiempo de conocer una eventual apelación, dictar resolución fundamentada, conforme a las normas del debido proceso tomando en cuenta la SCP 2634/2010-R.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no condice al contexto del juicio penal en el que fue planteada, que responde a la averiguación de la comisión de un delito de acción pública, sus autores o partícipes y su consecuente sanción, que no guarda relación alguna con el contenido del contrato en sí y las cuestiones que le atañen a éste
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- Fragmento 14
- III.3.
- CONFIRMAR en todo