Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 45 de 18 de agosto de 2015 cursante de fs. 152 vta. a 154 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Roxana Antunez Lavayen en representación legal de Mario Ernesto Gianella Peredo, Andrés Tito Angelo, Gilda Irene Barrera Zuleta y Albino Erwin Antúnez Sibautti contra Sigfrido Soleto Gualoa y Hugo Juan Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y Primo Felipe Flores Rodríguez, Juez Décimo Cuarto de Instrucción en lo Penal del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no condice al contexto del juicio penal en el que fue planteada, que responde a la averiguación de la comisión de un delito de acción pública, sus autores o partícipes y su consecuente sanción, que no guarda relación alguna con el contenido del contrato en sí y las cuestiones que le atañen a éste
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- Fragmento 14
- III.3.
- CONFIRMAR en todo