Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
II.1.
II.1. El “9” de julio de 2013, los accionantes interpusieron denuncia penal ante el Ministerio Público contra Juan Santillán Eid, Gonzalo Pareja Villar y Ernesto Jonny Oliva Roca, por la presunta comisión del delito de estafa agravada, dentro del proceso de constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada: “Clínica de Oncología y Radioterapia S.R.L.”, al advertir varias irregularidades, proceso que sigue su curso ante el Juzgado Décimo Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz (fs. 2 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no condice al contexto del juicio penal en el que fue planteada, que responde a la averiguación de la comisión de un delito de acción pública, sus autores o partícipes y su consecuente sanción, que no guarda relación alguna con el contenido del contrato en sí y las cuestiones que le atañen a éste
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- Fragmento 14
- III.3.
- CONFIRMAR en todo