SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2016-S2

Fecha: 12-Feb-2016

concedió

La Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 45 de 18 de agosto de 2015 cursante de fs. 152 vta. a 154 vta., concedió en parte la tutela solicitada, únicamente respecto al Auto de Vista 280, dejándolo sin efecto, debiendo en consecuencia los Vocales demandados pronunciar nueva resolución. Los argumentos para conceder tutela fueron los siguientes: 1) Sobre la falta de fundamentación en la resolución, se advirtió que los Vocales de la Sala Penal Primera, no obstante conocer la jurisprudencia constitucional citada y adjuntada en la apelación incidental interpuesta ante sus autoridades, misma que excluye a la cláusula arbitral del proceso penal por ser éste de investigación exclusiva y potestativa del Ministerio Público, en el Auto de Vista 280 dictado, no se pronunciaron sobre este fundamento, cuando su responsabilidad es responder en su resolución a todos y cada uno de los puntos argumentados en el recurso de apelación, por tanto se vulneró el derecho al debido proceso en su vertiente de motivación; 2) No existe vulneración al derecho de acceso a la justicia, porque la causa penal sigue en curso; y, 3) Respecto al Auto Interlocutorio 03/2014, el Tribunal de garantías evidenció que se dio respuesta a todos los argumentos planteados, en consecuencia se denegó la tutela solicitada.