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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0122/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0122/2016-S2

    Fecha: 22-Feb-2016

    Ratificar los ascensos, a propuesta del Órgano Ejecutivo

    El art. 160.8 de la norma suprema refiere que: ‘Son atribuciones de la Cámara de Senadores, además de las que determina esta Constitución y la ley: 8. Ratificar los ascensos, a propuesta del Órgano Ejecutivo, a General de Ejército, de Fuerza Aérea, de División y de Brigada; a Almirante, Vicealmirante, Contralmirante y General de Policía Boliviana’.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • En ese marco, la jurisprudencia emanada de este órgano de control de constitucionalidad, estableció la imperiosa necesidad que dentro de los procesos administrativos se cumplan:
    • General de la Policía
    • Ratificar los ascensos, a propuesta del Órgano Ejecutivo
    • La Dirección Nacional de Recursos Humanos, el Consejo Superior de Recursos Humanos y el Consejo de Apelación
    • III.4.
    • CONFIRMAR en todo

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