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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2016-S2

    Fecha: 22-Feb-2016

    Fragmento 12

               En correlato la marco jurídico de protección del derecho a la propiedad la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el art. 21 reconoce la propiedad privada en su parágrafo primero cuando dice: “Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes”; además, en el numeral segundo de la misma disposición señala que: “Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa”.

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • III.1.  Derecho a la propiedad agraria
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17
    • III.2.1.     El debido proceso en su elemento derecho a la defensa
    • III.2.2.       Sobre el derecho a la eficacia de los fallos con autoridad de cosa juzgada
    • III.2.3.       El debido proceso y el derecho a la motivación y fundamentación
    • III.2.4.       El principio de congruencia como un elemento configurador del debido proceso
    • Fragmento 22
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • CONFIRMAR en todo

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