Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
Fragmento 17
2) Garantía jurisdiccional: Asimismo, constituye una garantía al ser un medio de protección de otros derechos fundamentales que se encuentran contenidos como elementos del debido proceso como la motivación de las resoluciones, la defensa, la pertinencia, la congruencia, de recurrir, entre otras, y que se aplican toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, constituyendo las distintas garantías jurisdiccionales inherentes al debido proceso, normas rectoras a las cuales deben sujetarse las autoridades pero también las partes intervinientes en el proceso en aplicación y resguardo del principio de igualdad”.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Derecho a la propiedad agraria
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2.1. El debido proceso en su elemento derecho a la defensa
- III.2.2. Sobre el derecho a la eficacia de los fallos con autoridad de cosa juzgada
- III.2.3. El debido proceso y el derecho a la motivación y fundamentación
- III.2.4. El principio de congruencia como un elemento configurador del debido proceso
- Fragmento 22
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- CONFIRMAR en todo