SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2016-S1
Fecha: 01-Feb-2016
Fragmento 22
Fundamentos sobre los cuales el 3 de abril de 2014, Winston Franklin Barrientos Díaz presentó recurso de apelación argumentado: i) La pérdida de competencia de la Jueza a quo, por emitir la resolución cuestionada fuera del plazo previsto en el art. 204 del CPC.1976, incumplimiento el art. 208 del mismo cuerpo legal; ii) Error de hecho en la apreciación de la prueba de pago documentado, por omisión de la doctrina y la jurisprudencia a tiempo de analizar y compulsar los documentos de pago, obviando considerar la verdad histórica de los hechos, que acreditan que su persona realizó pagos parciales en un total de $us9250.- de forma posterior a la fecha en la que verdaderamente contrajo la obligación, que fue el 14 de abril de 2009; y, iii) Error de derecho en la aplicación de los arts. 415 del CC y 798 del CCom, al aplicarle un interés bancario cuando ello está determinado para las operaciones o negocios sometidos a las regulaciones especiales que rigen las transacciones bancarias.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- improcedencia “in límine”
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.3.2.
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso, en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- presunción de inocencia
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- III.3. Análisis en el caso concreto
- 1)
- Fragmento 22
- CONFIRMAR