SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2016-S1

Fecha: 01-Feb-2016

II.4.

II.4.    Por memorial de 14 de abril de 2014, Rory Barrientos Días a través de su apoderado contestó el recurso de apelación presentado por el accionante, manifestando que: i) El cómputo para la emisión de la Sentencia corre desde que el expediente ingresa al despacho de la autoridad judicial; ii) El ejecutado interpreta de manera antojadiza la excepción de pago parcial documentado cuando dicha figura recién entrará en vigencia a partir del 6 de agosto de 2014, más cuando a momento de plantear la excepción no manifestó, no siendo reales los mencionados pagos parciales, dado que, si ello fuera verdad habría sido plasmado en el documento de deuda que de manera acertada fue reconocido el 20 de agosto de 2010; y, iii) La estipulación de interés bancario fue propuesta por el mismo obligado, quien manifestó que él pagaría lo mismo que cubría la entidad bancaria referida en el documento de deuda (fs. 180 y vta.).