Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2016-S1

    Fecha: 01-Feb-2016

    II.6.

    II.6.  Mediante Memorándum YGYA-LP/696/2014 de 31 de diciembre, Félix Tapia Blanco, Director a.i. de AASANA Regional La Paz, comunicó al ahora accionante que fue designado como abogado senior dependiente de la Dirección Regional AASANA La Paz, bajo la modalidad de consultor en línea, suscribiendo el contrato el 30 de enero de 2015,  que establecía una vigencia del 1 del mismo mes a junio del mencionado año (fs. 14 a 19).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de amparo constitucional
    • III.3.   Alcances y carácter de los contratos de consultoría en línea
    • ese contrato tiene un régimen especial diferente de la modalidad de prestación de servicios en calidad de empleados; pues el consultor no es un empleado en esencia, por lo mismo no es un servidor público...
    • de acuerdo con los términos de referencia y las condiciones establecidas en el contrato
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca