SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

II.1.

II.1.    El 11 de julio de 2013, el SIN Gerencia Distrital Chuquisaca, notificó personalmente a Freddy Johan Echeverría Céspedes, con el proveído de ejecución tributaria 103300098213 de 9 de igual mes y año, haciéndole conocer que a tercero día de su legal notificación se daría inicio a la ejecución tributaria de la Declaración Jurada Form. 510, al IUE-CTBTES correspondiente al periodo fiscal 12/2011 presentado por el contribuyente el 21 de abril de 2012, por la suma de Bs3860.- (tres mil ochocientos sesenta bolivianos); advirtiéndole que se procedería a la ejecución de las medidas coactivas establecidas por el art. 110 del CTB, concordante con el art. 4 del Decreto Supremo (DS) 27874 de 26 de noviembre de 2004, hasta lograr el pago total de la deuda (fs. 42).