Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
II.5.
II.5. De acuerdo al Informe circunstanciado de 28 de agosto de 2014, elaborado por Bernardo Roberto Soreta, Responsable de Cobranza Coactiva del SIN Chuquisaca, al haberse agotado todas las medidas de cobro coactivo sin resultados positivos para la recuperación de adeudos tributarios ejecutoriados, se recomendó la clausura del domicilio fiscal del contribuyente Freddy Johan Echeverría Céspedes, ubicado en calle Bolívar 433 edificio Galería Yolanda, planta baja, ambiente 1, zona central; habiéndose procedido a la clausura el 28 de igual mes y año, sin la presencia del interesado (fs. 126 a 129).
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- Las resoluciones sancionatorias.
- el recurso jerárquico, como el medio idóneo y efectivo de impugnación para quien considere que la resolución que resuelve la alzada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo