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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2016-S1

    Fecha: 17-Feb-2016

    II.6

    II.6.    A través de Auto de 7 de mayo de 2015, los Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia Penal, declararon probado el incidente de actividad procesal defectuosa presentado por el Ministerio Público y en el fondo anuló obrados hasta el vicio más antiguo, para que el Fiscal de Materia asignado al caso ratifique o presente nueva acusación contra los imputados (fs. 615 a 620 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • jamás fue reclamada en la audiencia conclusiva
    • I.1.3. Petitorio
    • a
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5
    • II.6
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 18
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 20
    • ‘En ese marco, se tiene que el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada (judicial, administrativa, o cualesquier otra, expresada en una resolución en general, sentencia, auto, etc.) que resuelva un conflicto o una pretensión está dado por sus finalidades implícitas, las que contrastadas con la resolución en cuestión, dará lugar a la verificación de su respeto y eficacia
    • Fragmento 22
    • 2)
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 25
    • CONFIRMAR

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