SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2016-S1
Fecha: 17-Feb-2016
i)
Lucrecia Villarroel Álvarez, a través de su abogado, solicitó se deniegue la tutela, argumentando que: i) La parte accionante no señala el derecho vulnerado y tampoco individualiza la afectación sufrida por esos derechos y garantías; y, ii) La jueza demandada obró correctamente, cuando emitió Auto de segunda instancia conforme el art. 645 del CPC.
Marcelo Velásquez Molina, Juez de Instrucción Primero en lo Civil y Comercial de Montero del departamento de Santa Cruz, por memorial cursante a fs. 91 señaló que: Dentro del proceso voluntario del cual forman parte las accionantes y demás coherederos, dictó las resoluciones, de acuerdo al procedimiento establecido para los procesos voluntarios, los cuales se caracterizan por ser netamente declarativos a favor de las partes que demuestren documentalmente la filiación con su causante y el respectivo pago del impuesto sucesorio, por lo que en aplicación estricta de la ley, su persona declaró y posesionó a todos los herederos apersonados, sin ocasionar ni atentar derechos de otros herederos o terceras personas que tengan igual o mejor derecho dentro de la sucesión hereditaria.
- acción de amparo
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- Por principio general, el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido; esto muestra la enorme importancia que tiene el petitium de la causa, pues, el Juez está vinculado a la misma; esto es, deberá conceder o negar el petitorio formulado
- motivación
- fundamentación
- En función a las consideraciones antes señaladas, la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- 4)
- CONFIRMAR