SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2016-S1

Fecha: 17-Feb-2016

III.

Las accionantes denunciaron la vulneración de sus derechos al debido proceso, en sus componentes de la fundamentación, motivación, principio de congruencia y  la tutela judicial, por cuanto, dentro del proceso voluntario de declaratoria de herederos, se interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, que fue rechazado y concedida la apelación en el efecto devolutivo, se emitió Auto de Vista 19/2015 de 26 de mayo, por el cual se declaró la nulidad de obrados hasta el decreto que no resolvió la oposición interpuesta por su media hermana, cuando lo que le correspondía a la Jueza ad quem era reconducir dicho trámite de reposición, desestimándolo y declarar incólume el Auto de ejecutoria, pues en esa etapa correspondía directamente el recurso de apelación y no el de reposición; determinación que, carece de fundamentación dado que no se enmarcó en ninguno de los incisos del art. 237.I del CPC y en su parte dispositiva no explicó la normativa que amparaba la nulidad de obrados, considerando que la citada disposición legal se refiere solo a la nulidad o reposición de la resolución apelada; es más, la ahora tercera interesada no se opuso a la declaratoria de herederos, es por ello que hubo actuación ultra petita por parte de la Jueza.