SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

1)

La entidad accionante a través de su abogado ratificó in extenso los términos de su demanda de acción de amparo constitucional y ampliándola, señaló que: 1) Nunca hubo convalidación, pues las autoridades demandadas debieron considerar incluso de oficio las infracciones a las normas procesales por ser de orden público, respecto a la anulación de la notificación a un fallecido; 2) En cuanto al error en número y fecha de la Resolución, por el tenor de la acción de amparo constitucional, ésta no puede referirse a ninguna otra; y, 3) El fondo del asunto versa en que las autoridades demandadas debieron anular la Resolución de la Jueza por ser ilegal e injusta y por no considerar el tema expuesto, pudiendo plantearse varios incidentes si tratan sobre diversas temáticas.