SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

III.6.

           De acuerdo a la tercería de dominio excluyente interpuesta por la ahora accionante dentro de proceso ejecutivo seguido entre Nancy Jenny Rojas Gálvez, Gabriela Nancy Fernández Rojas, Cecilia Nicol Fernández Rojas y Daniela Erika Fernández Rojas contra Jaime Vaca Fernández, ante el Juez Noveno de Partido Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz (Conclusión II.3), se advierte que la accionante expuso que adquirió el bien inmueble sito en la calle Barrón 363 y 365 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, de su anterior dueño Jaime Vaca Fernández, a través de minuta reconocida ante Notaria de Fe Pública de 29 de marzo de 2012; asimismo, señaló que de manera posterior, el 12 de agosto de 2013, fue inscrita la anotación preventiva sobre dicho bien y que, después de ello, es decir, el 17 de julio de 2014, inscribió su derecho propietario; finalmente, indicó que esa situación la hacía propietaria del señalado bien inmueble.

           De la documentación que informa los antecedentes del expediente, se evidencia que mediante Auto de Vista 150 pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal departamental de Justicia de Santa Cruz (Conclusión II.6) –cuyos Vocales ahora se hallan demandados–, se confirmó el Auto  374 (Conclusión II.4), dictado por el Juez Noveno de Partido Civil y Comercial de la misma capital, mediante la cual, se declaró improbada la tercería de dominio excluyente opuesta por la accionante.