Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2016-S3
Fecha: 29-Feb-2016
II.11.
II.11. Mediante certificación de 9 de octubre de 2015, el Director General de Educación Superior Técnica, Tecnológica Lingüística y Artística, manifestó que procedió a la publicación en la página web del Ministerio de Educación el resultado del proceso de institucionalización el 27 de febrero de 2015, consignando a Antonio Quisbert Tórrez como “…SUSPENDIDO…” (sic) (fs. 105).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR