I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo se deje sin efecto la rescisión de servicios expresada en el memorando 073/14 de 1 de diciembre de 2014; y consiguientemente, se proceda a la incorporación a su fuente laboral, además del pago de sueldos devengados desde el 20 de noviembre de igual año “hasta la fecha”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- si el trabajador opta por el pago de sus beneficios sociales (los cobra o consiente en su pago) no es procedente la acción de amparo constitucional, quedándole la vía administrativa conciliadora (art. 105 de la LGT) y en caso de controversia la vía ordinaria judicial laboral,
- III.2. Análisis del caso concreto
- hábil y delincuencialmente el Tesorero de la Cooperativa llenó el documento como anticipo de Beneficios Sociales
- CONFIRMAR
