Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2016-S2
Fecha: 07-Mar-2016
II.3.
II.3. Por memorial de 27 de marzo de 2015, el denunciante requirió se emita oficio para que los Fiscales de Materia adscritos a la División Economía Financiera remitan fotocopias legalizadas de los procesos penales instaurados por Juan Ayoroa Yanguas contra Rosemary Scorpore de Ayoroa y otro, por el delito de estafa, así como el interpuesto por la misma contra Juan Ayoroa Yanguas por la supuesta comisión del delito de falsedad material y uso de instrumento falsificado, dándose lugar a lo impetrado por decreto de 30 del citado mes y año (fs. 90 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
- 21 de octubre de 2015,
- Fragmento 17
- REVOCAR en parte