SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 27 de marzo de 2014, mediante el contrato 110/2014 (que acusó de vulneratorio al Decreto Supremo [DS] 28699 de 1 de mayo de 2006, por no reconocer una relación laboral entre las partes), se le asignó el cargo de “Auxiliar del Juzgado Quinto de Instrucción en lo Civil y Comercial” del Tribunal Departamental de Justicia departamental de Santa Cruz, por el término de un año hasta el 26 de febrero de 2015. Encontrándose cumpliendo dichas funciones, quedó embarazada, comunicando tal situación a la Jefatura de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura; el 3 de febrero de 2015, solicitó mediante nota licencia por baja médica (adjuntando el certificado de incapacidad temporal emitido por la Caja Nacional de Salud [CNS]), por lo que gozó de tal beneficio hasta el 20 de marzo del citado año (cuarenta y cinco días por baja pre- natal).

Posteriormente, el 30 de marzo de igual gestión, presentó una nueva solicitud de baja post- natal de cuarenta y cinco días, que le fue otorgada desde el 15 del referido mes y año (un día posterior al parto), hasta el 28 de abril de 2015; empero, cuando pretendió reincorporarse a su fuente laboral, su cargo estaba ocupado por otra persona, bajo el argumento de que su contrato feneció y ya no prestaba servicios desde el 26 de febrero de 2015, desconociendo su baja médica por natalidad y la tácita recontratación que le había sido otorgada -a su criterio- por la nota 593/2015 de 1 de abril, que autorizó su segunda licencia. Añadió que el ahora demandado, Jefe de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura, le indicó que  debía someterse a una evaluación funcionaria para reincorporarse; sin embargo, pese a que el 2 de julio de igual año, se le practicó la misma, no fue restituida a su trabajo. Añadió que tras su despido arbitrario y transgresión de su inamovilidad funcionaria, se puso en riesgo la vida de su pequeña hija y la suya propia; por lo que acudió ante la Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia y el Delegado Distrital del Consejo de la Magistratura, ambos del departamento de Santa Cruz (ahora demandados), solicitando el restablecimiento de su fuente laboral; empero, no se emitió respuesta alguna, por parte de las aludidas instancias, hasta el momento de presentación de su acción tutelar.