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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2016-S1

    Fecha: 10-Mar-2016

    II.3.

    II.3.  El 4 de febrero de 2015, la accionante, mediante nota dirigida al entonces Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, solicitó licencia por baja médica, por cuarenta y cinco días a partir del 3 del mismo mes y año, adjuntando certificado de incapacidad por maternidad (fs. 13).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió parcialmente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 14
    • III.2. Excepción al principio de subsidiariedad tratándose de mujeres        en estado de embarazo
    • Fragmento 16
    • advierte una salvedad
    • no se aplicará la inamovilidad laboral en contratos de trabajo temporales, eventuales y contratos de obra; empero, prevé una excepción, cuando las relaciones laborales, bajo estas modalidades intenten eludir el alcance de la norma
    • duración determinada o el establecimiento de un tiempo acordado de duración de la relación laboral
    • Fragmento 20
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • a una evaluación
    • trabajo temporales
    • 2° CONCEDER

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