Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2016-S1
Fecha: 16-Mar-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 85 de 19 de noviembre de 2015, cursante de fs. 481 vta. a 485 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sofía Zamorano de Giunta contra Naín Melgar Ripalda, Yosselin Guzmán Farell, Vocales del Tribunal Superior y de Apelaciones y Ricardo Ernesto Chávez Avís, Luis Enrique Salvatierra, Limber Via Roca, Ismael Pereira y Pedro Velásquez, Miembros del Tribunal Administrativo de Justicia, todos de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM) de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza de la acción de amparo constitucional
- cosa juzgada constitucional
- No serán admitidas Acciones de Defensa en los casos en los que exista cosa juzgada constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR