Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2016-S1
Fecha: 16-Mar-2016
II.5.
II.5. A través del memorial de 11 de mayo de 2015, la accionante interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución Sancionatoria 13/2013, solicitando se remitan antecedentes del proceso ante el Tribunal Superior y de Apelaciones a efectos de que se revoque y se deje sin efecto la Resolución apelada (fs. 246 a 249 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza de la acción de amparo constitucional
- cosa juzgada constitucional
- No serán admitidas Acciones de Defensa en los casos en los que exista cosa juzgada constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR