DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2016

Fecha: 05-Abr-2016

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, las NPIOC, también se constituyen en escenarios, cuya composición social es diversa, tal es el caso de la coexistencia entre las PIOC frente al sindicato campesino. En estos casos, la construcción de una relación intercultural al interior de las mismas organizaciones debe sostenerse, en el respeto de las decisiones que se asumen en forma conjunta, más aun cuando involucran los intereses de toda la comunidad; asimismo, esta relación debe expresarse en la búsqueda constante de escenarios de diálogo y concertación.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, las NPIOC, también se constituyen en escenarios, cuya composición social es diversa, tal es el caso de la coexistencia entre las PIOC frente al sindicato campesino. En estos casos, la construcción de una relación intercultural al interior de las mismas organizaciones debe sostenerse, en el respeto de las decisiones que se asumen en forma conjunta, más aun cuando involucran los intereses de toda la comunidad; asimismo, esta relación debe expresarse en la búsqueda constante de escenarios de diálogo y concertación.

Concluyendo esta parte, las decisiones y determinaciones que se asume al interior de la Sub Central, así como al interior de la comunidad Portada Corapata, se desenvuelven en el marco del ejercicio de su derecho a la libre determinación, el cual implica además su derecho a la autonomía y al autogobierno. Empero, el ejercicio de los derechos propios por las NPIOC, debe estar enmarcado en la consecución de los principios y valores supremos que establece la Constitución Política del Estado. Es decir, que las decisiones y determinaciones comunitarias deben estar en armonía con los principios de la igualdad, equilibrio, reciprocidad, igualdad de oportunidades y complementariedad, establecidos en el art. 8 de la Ley Fundamental, como principios y valores que conducen al vivir bien y el qhapaq ñan.

Esto quiere decir, que tanto las acciones y determinaciones que se asuman por la Sub Central Corapata, como por el Consejo Amautico deben estar orientadas a precautelar el interés mayor de toda la comunidad. Dicho de otra manera, las conductas asumidas por la Sub Central Corapata y la comunidad Portada Corapata, han dado como resultado discordias internas (ch’axwa), consecuentemente, existe corresponsabilidad de ambas partes en este conflicto.