DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2016

Fecha: 05-Abr-2016

I.2.3. Relaciones y sistemas económicos

Los sistemas de producción se diferencian por la ubicación y la tenencia de tierra, es decir las comunidades ubicadas en la parte central de Corapata, tienen un mayor rendimiento en sus cosechas por el microclima del lugar, mientras los que se encuentran cerca de la cordillera y debido al problema del minifundio tienen una producción baja. Su sistema económica estuvo basada siempre en el principio de la reciprocidad, donde se retribuye las prestaciones recibidas, cumpliendo funciones distintas y muchas veces simbólicas, como asegurar la armonía interna, organizar los ritos religiosos, velar por la redistribución de los productos a los huérfanos (waqchas), etcétera, consecuentemente no existía crisis económica ni pobreza, empero desde la llegada de los españoles nuestros territorios se convierten en ajenos (haciendas - latifundios).  

“La hacienda Corapata tuvo vigencia por muchos años hasta la implementación de la Ley de Reforma Agraria de 1953. En este periodo, las propias familias que habían trabajado para el patrón de dicha hacienda ingresan en acuerdo con los hijos del mismo patrón para comprar los terrenos y en algunos casos recibieron gratuitamente la dotación de sus tierras para posteriormente convertirse en dueños legítimos de las tierras de la comunidad de Corapata”.

Es así que, tras las reformas estructurales de 1952, la tierra, si bien retorno a manos de las comunidades campesinas, lo hizo bajo la figura de la propiedad agraria privada y la estructura social del sindicato. Es importante mencionar que el sistema económico de la nación aymara, radica en la práctica de los principios y valores, la reciprocidad regula la vida social del ayllu y las comunidades.

El sistema económico es lesionado por la forma que conlleva esta forma de organización social, rigiéndose de acuerdo a los estatutos y reglamentos teniendo una lógica muy formal y vertical, donde se acentúa el aspecto y la noción de desigualdad e intercambio asimétrico, y no así en la estructura del ayllu - comunidad.