DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2016

Fecha: 05-Abr-2016

El Territorio como expresión de “vida”

Desde el análisis multidimensional de la chakana, la justicia no parte de la aplicación de la razón y/o el derecho; sino más bien de la vida. Por la parte jurisdiccional, la SCP 0300/2012 de 18 de junio, que emerge de una acción de inconstitucionalidad abstracta, indico: “… El buen vivir conmina a repensar el modelo civilizatorio actual fundado en el modelo industrialista y depredador de la naturaleza, sin que ello signifique frenar las actividades económicas, (…) El vivir bien, es una apuesta a ´recuperar la idea de la vida como eje central de la economía que se encuentra, fundamentalmente, en la visión y práctica de las naciones y pueblos indígena originario campesinos”. En este marco, la SCP 1422/2012 de 24 de septiembre, señalo que: “…la armonía axiomática, implica que  toda decisión emanada de la jurisdicción indígena originario campesina, en cuanto a sus fines y medios empleados, asegure la materialización de valores plurales supremos como ser la igualdad, complementariedad, solidaridad, reciprocidad, armonía, inclusión, igualdad de condiciones, bienestar común entre otros”. Desde el ámbito interno, la SCP 0300/2012 estableció que: “… uno de los elementos que caracterizan a la nación y pueblo indígena originario campesino es la territorialidad”.