DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016

Fecha: 18-Abr-2016

1)

La DCP 0157/2015, señaló que el deliberante municipal debía: 1) Insertar el texto del inc. 13) suprimiendo la frase “a través del Alcalde Municipal”; 2) Restituir los incs. 15) y 21); 3) Insertar el contenido dispositivo del          inc. 40) eliminando la locución “y rural en todos los niveles” todos del         art. 25 del proyecto de Carta Orgánica original, atendiendo a que su supresión no respondía lo dispuesto en la DCP 0036/2015; asimismo, se declaró la incompatibilidad del inc. 17) del art. 24 del proyecto con adecuaciones, por ser contario a la Norma Suprema.

Revisado el contenido dispositivo del art. 24 del proyecto de Carta Orgánica con readecuaciones, se advierte que el deliberante municipal asumió las observaciones realizadas, suprimiendo en cada caso las frases que se consideraban contrarias a la Norma Suprema. Para mejor comprensión se analizarán cada norma por separado.

1°    La COMPATIBILIDAD de los arts.: 7; 9; 15 incs. a), h), i) y k); 17.III, V, VI y VII; 20; 21; 24 incs. 13) y 25); 32.II; 35.I; 46 incisos 2), 4), 5), 6), 13), 16), 26), 28), 29), 30), 38), 41), 44), 52) y 53); 55; 58; 60; 62; 63; 64; 68; 78; 80; 95.I; 96.II; 98.I; 99 y 101.II; 106; 121; 122; 125; 126       incs. g) y m); 130; 137; 147; 158 incs. b) y c); 159; 171; 184 inc. b); y,  192.