SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes a través de su representante, ratificaron los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolos, señalaron que si bien existe una imputación, se exigió a los demandados que debían respetar la Constitución Política del Estado; sin embargo, les respondieron indicándoles que las Resoluciones Administrativas de suspensión fueron bajo la tutela de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana y del art. 5.I del Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009, que indica que no gozan de inamovilidad laboral cuando se incurre en causales de conclusión de la relación laboral, las que deben ser verificadas por medio de un proceso que determine conforme a la norma; empero, en su caso, no se aperturó ningún proceso administrativo, ni cuestionó la función laboral, sino que fue a consecuencia de una imputación de carácter temporal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1.
- el derecho a la defensa
- Fragmento 18
- es posible admitir la legitimación pasiva de la anterior persona o autoridad responsable del acto, que cuenta con responsabilidad personal y a la vez de la nueva persona o autoridad que cuenta con responsabilidad institucional o simplemente de esta última
- contra el cargo o función a través del cual se cometió el acto lesivo,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- suspensión indefinida
- CONFIRMAR