SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
III.3. Análisis del caso concreto
Con carácter previo a dilucidar la presente acción de amparo constitucional, cabe señalar respecto al argumento del Tribunal de garantías para denegar la tutela solicitada, que conforme al entendimiento jurisprudencial señalado en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y que tiene relación con el cambio de autoridades, se ha entendido que en caso de que la autoridad que hubiera provocado la lesión a los derechos y garantías constitucionales ya no se encontrare fungiendo en dicha función, sino que sería otra la que ocupa ese puesto; empero, no habría sido demandada en la acción de amparo constitucional, ello no implica que se deniegue la tutela por falta de legitimación pasiva, sino que es permisible demandar la tutela contra el cargo o función, lo que implica que no es necesario demandar a la persona física responsable del acto lesivo, sino al cargo que ocupaba la persona o autoridad que provocó los supuestos actos u omisiones ilegales y lesivas a derechos constitucionales, con el fin de que la tutela de la acción de amparo constitucional cumpla su finalidad.
En consecuencia, en el caso de examen la parte accionante interpuso correctamente la acción de tutela contra las autoridades que suscribieron las Resoluciones Administrativas consideradas ilegales aunque ya no se encuentren en el cargo; por lo que, no existe impedimento para poder realizar el análisis del presente caso, al no concurrir la causal de denegatoria de la acción por falta de legitimación pasiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1.
- el derecho a la defensa
- Fragmento 18
- es posible admitir la legitimación pasiva de la anterior persona o autoridad responsable del acto, que cuenta con responsabilidad personal y a la vez de la nueva persona o autoridad que cuenta con responsabilidad institucional o simplemente de esta última
- contra el cargo o función a través del cual se cometió el acto lesivo,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- suspensión indefinida
- CONFIRMAR