SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
II.2.
II.2. A través de la RA 0220/15 de 18 de marzo de 2015, el hoy codemandado y Jefe del Departamento Nacional del Escalafón Único de la Policía Boliviana, resolvieron la suspensión indefinida de dicha institución policial, sin goce de haberes de Oscar Hugo Nina Morales -ahora accionante-, por encontrarse con detención preventiva en el Centro de Rehabilitación citado en el párrafo que antecede dispuesta por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, por la presunta comisión del delito favorecimiento al enriquecimiento ilícito, hasta que se modifique su actual situación jurídica en aplicación y cumplimiento de la Disposición Adicional Primera de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (fs. 4 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1.
- el derecho a la defensa
- Fragmento 18
- es posible admitir la legitimación pasiva de la anterior persona o autoridad responsable del acto, que cuenta con responsabilidad personal y a la vez de la nueva persona o autoridad que cuenta con responsabilidad institucional o simplemente de esta última
- contra el cargo o función a través del cual se cometió el acto lesivo,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- suspensión indefinida
- CONFIRMAR